Mérida, Yucatán, a viernes 03 de setiembre de 2010
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Sistema de Acceso a la informacion

INFORMACIÓN RELACIONADA CON EL ARTÍCULO 9 DE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE YUCATÁN

I.-Las leyes, reglamentos, decretos administrativos, circulares y demás normas que les resulten aplicables;
II.-Su estructura orgánica;
III.-El directorio de servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o sus equivalentes hasta el nivel del funcionario de mayor jerarquía;
IV.-El tabulador de dietas, sueldos y salarios; el sistema de premios, estímulos y recompensas; los gastos de representación, costo de viajes, viáticos y otro tipo de gastos realizados por los servidores públicos en ejercicio o con motivo de sus funciones;
V.-El domicilio, número telefónico y la dirección electrónica de la Unidad de Acceso a la información pública donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la inoformación pública;
VI.- Los planes de desarrollo, las metas y objetivos de sus programas operativos; y la información completa y actualizada de sus indicadores de gestión y decisión;
VII.-Los servicios que opfrecen, los trámites, requisitos y formatos y, en su caso, el monto de los derechos para acceder a los mismos;
VIII.-El monto del presupuesto asignado, así como los informes sobre su ejecución. En el caso del Poder Ejecutivo dicha información pública será proporcionada respecto de una de sus Dependencias y Entidades por la Secretaría de Hacienda del Estado, la que además informará sobre la situación financiera de dicho Poder y la deuda pública del Estado;
IX.-Los destinatarios y el uso autorizado de toda entrega de recursos públicos, cualquiera que sea su destino, así como los informes que dichas personas deben entregar sobre el uso y destino de éstos;
X.-Las enajenaciones de bienes que realicen por cualquier título o acto, indicando los motivos, beneficiarios o adquirentes y los montos de las operaciones;
XI.-Los montos asignados y criterios de acceso a los programas de las operaciones;
XII.-Los dictamenes de las auditorias que se practiquen a los sujetos obligados;
XIII.-Las reglas para obtener concesiones, licencias, permisos o autorizaciones;
XIV.-El padrón inmobiliario;
XV.-Los contratos de obra pública, su monto y a quien le fueron asignados;
XVI.-Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados;
XVII.-Los documentos en que consten las cuentas públicas, empréstitos y deudas contraidas;
XVIII.-Las iniciativas de Ley que se presenten en el Congreso del Estado, sus avances en los trabajos para su dictamen, así como los acuerdos y derechos legislativos aprobados;
XIX.-La aplicación de fondos auxiliares especiales y el origen de los ingresos;
XX.-La relación de solicitudes de acceso a la información pública y las respuestas que se les den.
XXI.- La resolución ejecutoria de los procedimientos de responsabilidad de los Servidores Públicos.

 

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